IMAS: las ‘necesidades del servicio’ como pretexto consolidado para ocultar la infradotación de personal

En los centros del IMAS se recurre diariamente al concepto de “necesidades del servicio” para que los/as trabajadores/as deban realizar extensiones de su jornada o renunciar a sus días de libranza para dedicarlos a cubrir la falta de personal en los distintos servicios.

Desde UGT Servicios Públicos queremos aclarar tanto a los/as compañeros/as como a los responsables de personal del IMAS que las NECESIDADES DEL SERVICIO son una medida ejercida regularmente por la administración y en demasiadas ocasiones para limitar derechos de las trabajadoras y trabajadores públicos, al ser usadas como “comodín” discrecional por las direcciones y coordinadores/as de personal. Sin embargo, este concepto no es un cheque en blanco para la administración y aunque el uso de esta medida en muchas ocasiones sea de forma verbal y cuestionablemente justificado por parte de los órganos de la administración, esta figura está bien delimitada por Sentencias del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional.

De tal manera, las necesidades del servicio no son válidas si no hay una justificación por escrito que detalle y concrete las razones y motivos que las fundamentan, por lo que, los/as trabajadores/as del IMAS pueden y deben exigir que el requerimiento para cambiar sus turnos, extender la jornada o prestar servicio en sus días de descanso, les sea comunicado siempre por escrito, reflejando el motivo por el que se produce la necesidad y el criterio para ser personalmente requerido/a, además de señalar cómo y cuándo será recompensado por lo realizado de forma extraordinaria, la comunicación verbal o telefónica no obliga a la realización de servicios extraordinarios, por escrito y motivándolo si es preciso cumplirlos, ahora bien, en UGT Servicios Públicos ponemos a disposición de quien lo precise, el asesoramiento para quien por motivos de edad, salud o conciliación familiar no pudiera realizar cambios de turno o servicios extraordinarios que les sean requeridos por la “necesidad del servicio”.

El IMAS no puede ni debe seguir ocultando las carencias de dotación de personal en sus centros de mayores y/o discapacidad a base de vulnerar derechos fundamentales de los/as trabajadores/as sometiéndolos/as a jornadas y turnos absolutamente contrarios a la legislación laboral y a la prevención de riesgos laborales, menos aún con colectivos que han sufrido, y siguen sufriendo las consecuencias de la pandemia.

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