Resumen mesa delegada Ministerio de Justicia celebrada el 27 de febrero

En la tarde de hoy, 27 de febrero, se ha celebrado nueva mesa delegada para la negociación de RPTs de la oficina judicial que se implantará en la primera fase y la oficina de justicia en el municipio.

En la primera intervención la administración nos manifiesta que su intención es no incrementar las plantillas de las oficinas judiciales de esta primera fase, así como de las oficinas de justicia municipal. No se contemplan recoger más plazas especificas en esta primera fase de implantación, salvo las que ya nos ha mandado en las RPTs, que coinciden con las jefaturas de equipo que ya nos remitió días atrás. Estas jefaturas de equipo se retribuirán en función del número de trabajadores que tienen a su cargo, como se recoge en el documento de valoración de las condiciones particulares de los puestos de trabajo previstos del personal al servicio de la Administración de Justicia que nos ha remitido. 

La administración traslada que este es el último documento de RPTs sobre la primera fase de implantación tribunales de instancia y que no nos dan traslado de un nuevo documento de RPTs de oficina judicial municipal porque no han variado nada respecto al último entregado.

Tienen intención de aprobar las RPTs de las oficinas de justicia municipal con una Resolución de la Secretaria General donde recoge que las actividades compatibles no serán de aplicación hasta que se evalúen las cargas de trabajo de estas oficinas y en todo caso nunca antes de 1 de enero de 2026.

OFICINA DE JUSTICIA EN EL MUNICIPIO

Para UGT respecto las Oficinas de Justicia Municipal (OJM) es imprescindible que se identifiquen las plazas de Gestor con funciones de Secretaria de las OJM como puesto singularizado, especifico y de jefatura de equipo y se cuantifique su retribución, así como que éste sea incluido en las jefaturas que recogen desde el Ministerio en su valoración particularizada de los puestos de trabajo. Igualmente, hemos solicitado que se debe recoger como puestos genéricos con funciones específicas de notificaciones y actos de ejecución fuera de la sede de la propia oficina a los funcionarios que realizan esos actos de comunicación.

En cuanto a las plantillas de estas OJM, deben ser homogéneas, y en todo caso aumentar la misma en aquellas OJM donde es claro, notorio y evidente el desequilibrio entre unas y otras.

Para evitar disfunciones con las ordenes que los Secretarios Coordinadores y de Gobierno puedan emitir una vez aprobadas las RPTs de estas oficinas, la Resolución de la Secretaria General, donde recoge que la compatibilidad de estas oficinas, no entrará en vigor hasta se valoren las cargas de trabajo con las centrales sindicales en mesa de negociación. Y es este el momento oportuno para recoger en la aprobación de estas RPTs, la supresión del grupo IV de población, y que todas las OJM estarán incluidas en el grupo poblacional del partido judicial donde radican y prestan servicios.

OFICINA JUDICIAL

Para UGT es necesario completar la identificación de las RPTs con la identificación de todos aquellos puestos con horarios especiales (como los decanatos, oficina de atención al público y cualesquiera otras que se puedan crear con horario y dedicación especial). También solicitamos que se identifiquen los puestos que realizan las notificaciones y actos de ejecución fuera de la sede judicial y, por ultimo, pero no menos importante, aquellos puestos genéricos que realizan funciones en materia de Violencia sobre la Mujer, todos ellos retribuidos convenientemente.

Insistimos que todos los partidos judiciales de 3 o más unidades judiciales deben crear el Servicio Común General o en su defecto el equipo de servicios generales dentro del Servicio Común de Tramitación. Y donde haya 4 o más unidades judiciales se deben crear los tres servicios comunes: General, Tramitación y Ejecución.

Solicitamos que todos los puestos de esta primera fase, al ser juzgados mixtos, deben llevar incorporados la GU para realizar la guardia como la vienen realizando hasta ahora.

No menos importante es empezar la negociación del Reglamento del Registro Civil, tal y como recoge el acuerdo de 8 de enero, el cual establece que se debe negociará dicho reglamento del Registro civil en los plazos previstos conforme a la implantación de la oficina judicial adaptada a los Tribunales de Instancia en cada partido judicial.

De lo manifestado por la Administración en la reunión de hoy, y si no se recogen avances manifiestos en el nuevo documento que nos remitirán para nueva propuesta, UGT no puede avalar en ningún caso estas RPTs para la primera fase de implantación de la nueva oficina judicial.

Nos convocaran a una próxima reunión una vez valoradas las propuestas de las diferentes organizaciones sindicales.

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