UGT Servicios Públicos y el Área Pública de CCOO valoran que el Gobierno haya dado el primer paso para regular en la ley el acceso a la jubilación parcial y anticipada de los funcionarios, tal como se contemplaba en el acuerdo que ambos sindicatos firmaron el pasado mes de diciembre. No obstante, se desvinculan de la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Socialista que propone ampliar de los 70 a los 72 años la edad de jubilación forzosa de los funcionarios. Es una medida que no contemplaba el acuerdo suscrito por los sindicatos y que no apoyan.
UGT y CCOO esperan que, a través de enmiendas que el Grupo Parlamentario socialista ha incluido para modificar la próxima Ley de Función Pública, se avance en la regulación que permite recuperar este derecho para el personal funcionario y estatutario. UGT y CCOO hacen un llamamiento a todos los grupos parlamentarios para que la tramitación de la ley respete las medidas contenidas en el texto firmado por ambas organizaciones sindicales y el Ejecutivo.
El acuerdo equiparaba al personal funcionario —incluido el perteneciente al Régimen de Clases Pasivas— y estatutario con el resto de los trabajadores y trabajadoras en España, que ya disfrutaban de este derecho. Permitirá rejuvenecer las plantillas, disminuir la precariedad y restituir derechos de los trabajadores y trabajadoras de las Administraciones. Un aspecto destacado del acuerdo que se firmó es que el o la relevista que sustituya a quien se jubile parcialmente será siempre personal funcionario de carrera o estatutario fijo. Las plazas necesarias para cubrir las jubilaciones parciales estarán garantizadas en las Ofertas de Empleo Público del mismo año. Este aspecto ayuda a reducir la precariedad en las Administraciones y evita que se generen nuevas bolsas de temporalidad injustificadas. Así, coloca las Administraciones en una mejor situación para afrontar el futuro y los cambios de la sociedad española.
Ambos sindicatos han adelantado que harán un seguimiento exhaustivo a las enmiendas registradas y las materias contenidas en las mismas. Recuerdan que hay cuestiones como la modificación del carácter de mínimos de los permisos, vacaciones y demás adaptaciones que debe recoger el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, conforme a las últimas modificaciones legislativas relativas a permisos, corresponsabilidad y conciliación.