Desde UGT Servicios Públicos reclamamos una modificación urgente y coherente del Reglamento de Armas que reconozca, de forma expresa, la singularidad jurídica y funcional de los Agentes Forestales y Medioambientales, en el marco del proyecto de reforma del Reglamento de Armas.
El pasado 5 de marzo registramos formalmente, nuestras alegaciones en el trámite de consulta pública previa, y este mismo día remitimos escrito a la Secretaria de Estado de Seguridad, Dª Aina Calvo, solicitando una reunión para trasladar personalmente el alcance y fundamento técnico de nuestra propuesta.
Una realidad profesional reconocida por ley que el Reglamento ignora
La aprobación de la Ley 4/2024 ha supuesto un hito fundamental: el reconocimiento normativo estatal de los Agentes Forestales y Medioambientales como funcionarios públicos, agentes de la autoridad y policía judicial genérica..
No hablamos de personal de seguridad privada ni de actividades de naturaleza mercantil. Hablamos de funcionarios públicos, agentes de la autoridad, que ejercen potestades administrativas, que intervienen en delitos ambientales, furtivismo armado, control de vehículos en terrenos forestales, expolios, aprovechamientos ilegales, control poblacional de fauna y actuaciones coercitivas en entornos aislados, muchas veces sin apoyo inmediato de otros cuerpos.
La propia Ley 4/2024 impone a las Administraciones el deber de dotar a estos profesionales de los medios técnicos y de seguridad necesarios para el desempeño eficaz de sus funciones. Sin embargo, el actual Reglamento de Armas no se ha adaptado a esta realidad.
Una anomalía jurídica que genera inseguridad
En la práctica, las armas cortas destinadas a autoprotección de estos funcionarios se amparan mediante licencias tipo C, concebidas para personal de seguridad privada. Por su parte, las armas largas empleadas en actuaciones técnicas de gestión pública del medio natural se habilitan con licencias D o E, diseñadas para actividades cinegéticas o deportivas privadas.
Esta situación constituye una ficción jurídica inaceptable. Las actuaciones de control poblacional o intervención sobre fauna no son caza recreativa, sino actuaciones administrativas ejecutadas por funcionarios públicos en ejercicio de potestades públicas.
La consecuencia es clara: inseguridad jurídica para las Administraciones y para los propios agentes, y un posible incumplimiento del deber de protección eficaz recogido en la Ley 31/1995.
Existen precedentes y regulación autonómica
Numerosas comunidades autónomas ya han regulado expresamente la dotación y uso de armas en sus cuerpos propios de agentes como por ejemplo:
• Cataluña (Ley 17/2003 y Decreto 249/2019 del Cuerpo de Agentes Rurales)
• La Rioja (Decreto 23/2009)
• Castilla y León (Decreto 136/2002)
• Galicia (Decreto 293/1997)
• Canarias (Decreto 133/1995)
• Zaragoza (Reglamento de la Guardería de Montes)
Asimismo, existen precedentes estatales de licencias profesionales específicas para cuerpos funcionariales con potestades propias, como el Servicio de Vigilancia Aduanera, regulado por el Real Decreto 319/1982.
Por tanto, la viabilidad jurídica está fuera de toda duda.
La propuesta de UGT: creación de una licencia profesional tipo G
Desde UGT Servicios Públicos proponemos que la reforma del Reglamento incorpore una regulación expresa y específica del régimen de tenencia y uso profesional de armas para los Agentes Forestales y Medioambientales mediante la creación de una nueva licencia profesional tipo G.
Esta licencia:
• Estaría vinculada al carnet profesional del agente.
• Habilitaría, en el ejercicio de sus funciones y bajo autorización administrativa, la adquisición, tenencia y uso de las armas necesarias.
• Reconocería la doble dimensión del colectivo: policía administrativa especial y gestión pública del medio natural.
Exigimos coherencia normativa, seguridad jurídica y protección efectiva para quienes garantizan el cumplimiento de la legalidad ambiental en todo el territorio.
Unidad sindical y voluntad de diálogo
Las alegaciones han sido consensuadas en el marco de la unidad de acción sindical con CCOO, CSIF y AEAFMA, reflejando una posición común en defensa del colectivo.
Desde UGT Servicios Públicos reiteramos nuestra voluntad de colaboración institucional con el Ministerio del Interior, pero también afirmamos con claridad que no aceptaremos que se mantenga una regulación obsoleta que ignora la realidad profesional y el mandato legal vigente.
La reforma del Reglamento de Armas es una oportunidad histórica para corregir una disfunción de más de tres décadas. Es el momento de actuar.UGT-SP seguirá trabajando de manera firme en todas las mesas de negociación y en los órganos técnicos, exigiendo que la Ley Básica de Agentes Forestales y Medioambientales se desarrolle y se aplique plenamente en todos sus mandatos, en especial en materia de prevención de riesgos laborales, como un derecho irrenunciable para proteger a quienes nos protegen.



