UGT Servicios Públicos acudirá al Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA) para intentar alcanzar un acuerdo en la aplicación del 6,5% del IPC en todos los conceptos retributivos del VII Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal. El sindicato ha tomado esta iniciativa tras la infructuosa reunión de la Comisión Paritaria de Interpretación del VII Convenio celebrada el en el día de ayer.
Desde UGT Servicios Públicos han señadado que no comprenden cómo la misma cláusula de “congelación salarial” que ha operado en los dos últimos años (2020 y 2021) y ha sido aceptada por parte de CCOO y la patronal, no se activa este año con la misma celeridad, cuando supone un claro agravio para las personas trabajadoras del Sector. Creemos que se debería haber defendido con la misma firmeza que en años anteriores.
El encuentro acabó “sin acuerdo”, para decepción de las trabajadoras y trabajadores del Sector y para UGT Servicios Públicos. Esta situación coloca al conjunto de empleados del sector en una clara situación de vulnerabilidad, pues se trata de un colectivo, mayoritariamente femenino, con salarios bajos y condiciones laborales precarias.
Ante esta situación de desacuerdo, UGT Servicios Públicos ha presentado hoy, 25 de enero de 2022, una solicitud de procedimiento de mediación para que se proceda a realizar la actualización salarial referente al incremento del 6,5% de los conceptos retributivos de este VII Convenio Colectivo Marco Estatal. El sindicato ha advertido que adoptarán las acciones y medidas legales necesarias, acudiendo incluso a los tribunales, para garantizar el poder adquisitivo del personal del sector de la Dependencia (Residencias, Servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia).
Cabe recordar que UGT Servicios Públicos no firmó el VII Convenio Colectivo Marco Estatal de la Dependencia, el cual únicamente firmó CCOO, porque empeoraba la situación laboral de las trabajadoras de las categorías de gerocultoras y limpiadoras ya que, por un lado se modificó el grupo profesional de limpiadoras, bajando del grupo C al grupo D y, por tanto, se incluyó en el apartado de funciones: “Sin que en ningún caso suponga la sustitución del personal contratado específicamente para la limpieza habitual, podrá realizar la limpieza e higiene de utensilios, ropa y estancias, cuando en el servicio existan circunstancias que así lo requieran” facilitando así a las empresas un marco legal para que las gerocultoras no puedan negarse a limpiar y para disminuir el índice de contratación de personal con la categoría de limpiadora.
Para la secretaría de Salud, Sociosanitarios y Dependencia de UGT Servicios Públicos, las trabajadoras de este sector merecen que se cumplan las condiciones del convenio, de la misma manera que ellas cumplen con las obligaciones que recogen sus contratos de trabajo.