Si bien, las medidas están más orientadas a regular el trabajo de los compañeros que investigan en los OPIs, a los contratos y/o convenios que firman las Universidades y al apoyo financiero a las actuaciones en parques científicos y tecnológicos, algunas de las medidas afectan a la labor de nuestros PDI. Os adjuntamos el link con el texto (https://bit.ly/2UWo9IR).
La medida, probablemente más importante del Real Decreto-Ley y anunciada por el Ministerio, es la posibilidad de que las Universidades puedan contratar personal de forma indefinida con cargo a proyectos que tengan financiación específica. En el texto no se menciona el adjetivo “indefinido” en ningún artículo. Sí se modifica la Ley de la Ciencia, al suprimir los límites temporales para la contratación por obra o servicio que regula el 15.1.a) del Estatuto de los Trabajadores (máximo de 3 años), en aquellos contratos realizados por las Universidades cuando sean perceptoras de fondos cuyo destino incluya la contratación de personal investigador o personal técnico para el desarrollo de sus programas propios de I+D+i (art. 20.2, 26.7, 30 y Disp. Adic 14ª de la Ley de la Ciencia).
La supresión del límite de la contratación es sin duda una buena noticia, que permitirá que el personal pueda continuar en el proyecto en el que trabaja hasta su finalización. Pediremos al Ministerio explicaciones sobre la condición de indefinidos de estos contratos.
Respecto al resto de medidas os exponemos un breve resumen:
Se modifica la Ley de la Ciencia en su articulado referente a la eliminación de los sesgos de género (evaluación confidencial), añadiendo que las personas que se hallen en situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, tengan garantizadas las mismas oportunidades que el resto del personal que participa en los procesos de selección y evaluación, y su expediente, méritos y currículo vitae no resulten penalizados por el tiempo transcurrido en dichas situaciones.
La Ley de contratos con el Sector Público también se ve modificada, ya que ahora se podrán ejecutar contratos menores de servicios y suministros hasta importes de 50.000 € con el mismo proveedor para distintas unidades, aunque anualmente se superen dichos límites con la suma total de los contratos. Eso sí, la tramitación del expediente exigirá la emisión de un informe del órgano de contratación sobre la necesidad y objeto del contrato (esto no será de aplicación en aquellos contratos cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de caja fija o similar).
Los convenios firmados para proyectos y actuaciones de I+D+i, financiación de proyectos singulares, formación de personal científico y técnico y la divulgación científica y tecnológica no podrán superar los 5 años, prorrogables en otros 5. Sin embargo, los convenios dirigidos a la creación o financiación de centros, institutos, consorcios o unidades de investigación e infraestructuras científicas, así como el uso compartido de inmuebles, instalaciones y medios materiales para el desarrollo de actividades de I+D+i, además de estos 10 años, se podrán prorrogar en 7 más.
Para los afectados por los préstamos Renta-Universidad para realizar estudios de posgrado de máster y doctorado, cuyo umbral de base imponible general y del ahorro del IRPF no supere los 22.000 euros, podrán optar por su novación (antes del 30/06/19). Las personas cuyo nivel de renta se encuadre en otro umbral, tendrán que comenzar a devolver el crédito, para lo que dispondrán de 15 años.