La Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de UGT (FeSP-UGT) denuncia que la Consejería de Educación vuelve a arrollar a los centros educativos al pretender que organicen en 24 horas los grupos de trabajo y la prueba de diagnóstico de 6 º de Enseñanza Primaria.
Al respecto, señalar que el pasado sábado, 21 de abril, se publicaba en el BORM la resolución por la que se debería organizar la prueba de evaluación final de Educación Primaria.
Al margen del desajuste en el empleo de términos, confundiendo los responsables de la Consejería evaluación individualizada y final en una mezcolanza que parece desvelar un subyacente estado de confusión, consideramos que nos encontramos con un nuevo atropello a los centros educativos, especialmente a la dirección de los mismos.
La resolución da tan solo da 24 horas útiles de plazo para designar a los responsables de la aplicación de la prueba; solicitar medidas especiales para alumnos con necesidades específicas; y comprobar los grupos asignados.
Para FeSP-UGT, la Consejería evidencia de nuevo claros síntomas de su pésima planificación, y una vez más las consecuencias son urgencias y apremios sobre los docentes y la dirección de los centros. Además, contraviniendo la regulación nacional que establece la necesidad de realizar las pruebas tras finalizar el curso, se adelantan las pruebas al mes de mayo, cuando el alumnado aún no ha cursado la totalidad de contenidos de la etapa.
Desde este sindicato consideramos que las pruebas de evaluación final de Primaria no van a proporcionar una información fiable y rigurosa sobre el grado de competencias adquiridas por el alumnado, ya que no se tiene en cuenta la evaluación continua.
Desde FeSP-UGT defendemos una evaluación formativa, diagnóstica, orientadora y continua a lo largo del proceso de aprendizaje, con el fin de detectar los progresos y las dificultades, analizar las causas y reconducir los desajustes que se vayan presentando en el alumnado.
Para FeSP-UGT las evaluaciones externas han de ser de diagnóstico. Han de contar con la participación y colaboración en ellas de los centros y el profesorado, permitiendo el desarrollo posterior de planes de actuación y mejora que contemplen medidas específicas. Las pruebas han de estar conexionadas con el currículo y no se deben utilizar para establecer clasificaciones. La evaluación no puede tener en ningún momento un carácter de control, sancionador y/o excluyente. Se puede confundir evaluar con examinar, si solo se contemplan como medida de evaluación las pruebas que se apliquen al alumnado, centradas únicamente en la valoración de los aprendizajes y dejando fuera otros procedimientos de evaluación.