Protección de Datos nos da la razón: no se puede publicar nombre, cargo y sueldo sin previo aviso

Ya en su momento UGT consideró precipitada la forma de actuar de la CARM en este asunto, especialmente porque se podrían haber vulnerado Derechos Fundamentales de las y los empleados públicos de la CARM, ya que  se asociaba nombre y apellidos a sueldo de la persona  y porque tampoco se tuvo en cuenta a la hora de publicar datos personales las circunstancias de cada empleada y empleado público.

Por este motivo,  se elevó una Consulta a la Agencia de Protección de Datos a fin de confirmar la legalidad o ilegalidad de dicho acto, al tiempo que algunos trabajadores presentaron reclamaciones. Ahora, este es el resultado: la Agencia ha abierto un proceso de infracción y la Comunidad tiene dos semanas para presentar alegaciones. De no hacerlo, se procederá a proponer la sanción.    

UGT estará vigilante para que no se repitan situaciones como estas y para que la Comunidad Autónoma sea más diligente a la hora de tratar información sensible de sus empleadas y empelados públicas.

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