PARA PRESCRIBIR
La modificación auspiciada por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de ATS de España (SATSE), del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, continúa incidiendo en la prescripción colaborativa, obviando la prescripción propia de enfermeras y enfermeros relativa a los diagnósticos de enfermería. Dichos diagnósticos determinan las intervenciones de enfermería adecuadas para lograr las mejores respuestas humanas de adaptación a los cambios que se producen en la salud de las personas a lo largo de la vida.
Prescindir de lo que la profesión enfermera, y no otra, aporta de forma específica en beneficio de la salud de las personas es una irresponsabilidad que sufren los ciudadanos, privándolos de un bien muy preciado y produciendo un equilibrio inestable a lo largo de sus vidas.
Queda patente la parcialidad del Ministerio que no ha considerado la opinión mayoritaria de Asociaciones profesionales, colegios de Enfermería y particulares, que junto a UGT y otros Sindicatos, solicitan la reforma de las Leyes 44/2003 LOPS y la 29/2006 de Garantías y Uso racional de los medicamentos, incluyendo al enfermero, junto al médico, odontólogo y podólogo, como prescriptor de medicamentos, siempre en el ámbito de sus competencias.