Criterios para los trabajos en sábados recogidas en el Acuerdo Plurianual 2018-2020, firmado por UGT junto con CSIF,SL y CCOO

 

CORREOS: Criterios para los TRABAJOS EN SABADOS recogidas en el Acuerdo Plurianual 2018-2020, firmado por UGT junto con CSIF,SL y CCOOUGT logro que en el III Convenio y Acuerdo se recogiera la supresión de trabajo en sábados para el reparto de ordinaria. UGT ya reclamaba en aquel momento la jornada laboral de lunes a viernes y la consideración de los sábados, domingos y festivos como jornadas especiales con una compensación económica adecuada.

Fruto de las movilizaciones y la Huelga General del 30-N, UGT junto a CCOO, CSIF y Sindicato Libre HEMOS CONSEGUIDO firmar con Correos el Acuerdo Plurianual 2018/2020 que supone para los trabajadores de Correos una significativa mejora en materia de descanso semanal regulando la jornada de trabajo en sábados.

Correos, por su tipo de actividad, se ve obligada a prestar servicios en franjas horarias distintas a la ordinaria de 37,5 horas semanales de lunes a viernes, para garantizar su viabilidad, especialmente en sábados y domingos. Con el fin de responder a esta necesidad empresarial, de carácter singular y de prestación de servicio público, y garantizando en todo caso el cumplimiento de la normativa vigente en materia de tiempo de trabajo, se creará el Plus de Jornadas Especiales como una adecuación retributiva a dicha singularidad, que se ajustará a los siguientes criterios:

  • Correos promoverá las actuaciones legales, convencionales, organizativas y salariales que sean necesarias, con el objeto de compatibilizar los derechos al descanso diario y semanal con el personal que preste servicios en sábado y/o domingo.
  • La cobertura de estas jornadas especiales se hará, con carácter general, con personal voluntario, tratándose de forma específica la cobertura de los mandos intermedios. Para ello, se creará una bolsa con este personal cuyos criterios de provisión serán negociados con las organizaciones sindicales. En caso de no cubrirse las necesidades, la empresa podrá acudir a las fórmulas de contratación adecuadas para este tipo de jornada que también se negociarán previamente.
  • Este plus incluirá trabajar en jornadas de mañanas y tarde de sábados, domingos y festivos y su cuantía será de 7,75 €/hora. El percibo de este plus será incompatible con el plus de sábados y el plus de festivos, a estos efectos, el domingo se considera festivo.
  • El plus de jornadas especiales se aplicará, previa definición de los criterios de la Bolsa de voluntarios, a lo largo del primer semestre de 2019.

UGT EN EL MARCO DE LA UNIDAD DE ACCIÓN SINDICAL HA IMPULSADO

Y CONSEGUIDO QUE EN EL ACUERDO SE RECOJA QUE EL TRABAJO EN SÁBADO SEA REALIZADO CON PERSONAL VOLUNTARIO DEBIDAMENTE RETRIBUIDO

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