La República tiene rostro y nombre de mujer

PUBLICADO EN LA MAREA

El de Clara Campoamor, Margarita Nelken, Dolores Ibárruri, Tomasa Cuevas, Federica Montseny, Rosario la Dinamitera, Concha Carretero, las Trece Rosas, o el de todas las mujeres humilladas, vejadas, encarceladas, ejecutadas o a las que les arrebataron sus hijos recién nacidos. En definitiva, el rostro y nombre de las mujeres que construyeron el régimen democrático nacido el 14 de abril de 1931 y que sufrieron la cruel represión franquista en su doble condición de republicanas y mujeres.

Fue la Segunda República la primera experiencia plenamente democrática de la historia de España. En su código fundacional estaba la transformación radical de la sociedad que habían recibido, atrasada y jerarquizada, caracterizada por la falta de libertad y el subdesarrollo social y económico, presa de atávicos prejuicios y temerosa del poder que se ejercía arbitrariamente por militares, curas y caciques. Romper con esta sociedad -la propia de la España de la Restauración, recuérdese- y transformarla en otra basada en los valores de libertad, igualdad, solidaridad, responsabilidad y compromiso cívico fue la vocación con la que nació el nuevo Estado; dotado pronto de una Constitución a través de la que implicar a los poderes públicos y a la ciudadanía en la consecución de tales valores.

Presidían el texto constitucional de 1931 el principio de igualdad ante la ley (art. 2) y la prohibición de privilegio alguno por razón de sexo (art. 25: además de por otras circunstancias, como la filiación, la clase social, la riqueza, las ideas políticas o las creencias religiosas). Ello implicaba cambiar -también de raíz- la posición que ocupaban las mujeres en esa España patriarcal donde la tradicional hegemonía del varón se reforzaba por la jerarquía de la Iglesia católica. Para llevar a cabo este cambio, la República y su Constitución, por un lado, convirtieron a las mujeres en ciudadanas, titulares de derechos civiles, políticos y sociales; y, por otro, sacaron a la esfera pública cuestiones que hasta entonces habían pertenecido al ámbito privado, como por ejemplo las relaciones entre los cónyuges en el matrimonio, la familia e, incluso, el trabajo doméstico. Es decir, las y los republicanos ampliaron no sólo derechos, sino también espacios protegidos por los derechos.

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Rafael Escudero Alday es Profesor titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid. Autor de ‘Modelos de democracia en España. 1931 y 1978′ (Ed. Península) 

 


 

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