Hoy 23 de febrero ha tenido lugar una nueva reunión de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Fondos Adicionales, a la que asistimos los sindicatos UGT, CCOO y USO.
Desde UGT denunciamos, en primer lugar, que desde enero de 2021 no se reúne la Comisión de Seguimiento, cuando esta organización sindical viene meses reclamándolo.
La Administración, a preguntas de UGT, nos da cuenta que no puede facilitar datos sobre la ejecución de las diferentes medidas del Acuerdo referidas a los ejercicios 2018 y 2019. Desde UGT denunciamos la bochornosa opacidad en la que incurre la Administración.
UGT firmó, en marzo de 2019, un compromiso sobre la aplicación de Fondos Adicionales en el marco del II Acuerdo para la mejora del empleo público y de las condiciones de trabajo. Y rubricamos dicho acuerdo en la certeza de que se iban a mejorar las retribuciones de los empleados públicos de la AGE. Sin embargo, con este flagrante incumplimiento se perjudica a todos, UGT ha destacado que la aplicación de la medida 2 (ordenación y equiparación de complementos de destino y específicos mínimos) no puede generar más desigualdad retributiva, ya que todos los puestos, aunque no estuvieran inicialmente ocupados, deben contar con los mínimos pactados. Para UGT esta cuestión es una línea roja que condicionará nuestro posicionamiento en la negociación de los Fondos Adicionales de 2020. No se puede construir la casa por el tejado, hay que establecer sólidos cimientos.
UGT exige en la negociación que se acuerden criterios claros en la concreción de las medidas y conocer previamente a qué puestos afecta para evitar futuras impugnaciones judiciales.
En relación con los Fondos Adicionales de 2020, desde UGT recordamos que está pactado el 0,30% de la masa salarial de la AGE (22.380.000 €). El acuerdo compromete la aplicación de cuatro medidas:
a) Medida 7: Retribuciones complementarias en el marco del IVCÚ. Se destinará un 25% (5.595.000 €) para revisarlas al objeto de homogenizar el sistema. Esta medida ya se negocia en el Grupo de Complementos del IVCÚ.
b) Medida 9: Reclasificación a nivel de complemento de destino 17 de los puestos de trabajo ocupados en oficinas de prestación directa y específica de servicios a la ciudadanía en ámbito de la Seguridad Social. Se exigirá los mismos requisitos que los contemplados en la medida 4: funcionarios o funcionarias del C1 o del C2 con nivel de complemento de destino inferior al 17 que acrediten haber estado ocupando puesto de atención al público desde el uno de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017. La Administración todavía no dispone del listado de puestos a los que afectaría tal medida.
c) Medida 8: elevación de los niveles mínimos de complemento de destino de los funcionarios de los ámbitos de salud y la ingeniería. Tal medida afectaría a personal funcionario A1 con nivel inferior al 26 (115 ingenieros y 460 sanitarios) y a personal funcionario A2 con nivel inferior al 22 (178 ingenieros y 93 sanitarios).
d) Medida 10: mejora del complemento específico en los puestos de trabajo de atención al público en lenguas cooficiales, siempre que se esté posesión de la correspondiente titulación. Una vez se proceda a implementar estas medidas, se retomará la ordenación de las cuantías de complemento específico (medida 3).