Autorizadas jubilaciones parciales

 

Autorizadas jubilaciones parciales

En la Comisión de Empleo celebrada el pasado 11 de diciembre de 2019, la empresa, a instancias de CCOO y UGT, presentó un documento con los requisitos que debían cumplir los trabajadores/as para acogerse al programa de Jubilaciones Parciales vinculadas a la formalización de contratos de relevo, informando en aquella reunión de la inmediata remisión de este documento a la Comisión de Asuntos Económicos, dependiente del Ministerio de Hacienda, para que emitiera autorización.

Casi dos años después, y gracias a la presión ejercida por CCOO Y UGT denunciando en la Audiencia Nacional los incumplimientos de la empresa de varios de los compromisos recogidos en el Acuerdo Plurianual 2018-2020, incluidas la puesta en marcha de un programa de Jubilaciones Parciales y la mejora de las Excedencias  Voluntarias  Incentivadas,  la  empresa  ha  anunciado  la autorización de los órganos competentes. CCOO y UGT han exigido la convocatoria inmediata de la Comisión de Empleo para la concreción de la puesta en marcha de este programa.

 

RECORDATORIO DEL ACUERDO DE DICIEMBRE 2019

 

  REQUISITOS DEL/LA SOLICITANTE

 EDAD Y AÑOS DE COTIZACIÓN

_   Tener cumplidos 62 años y, además, tener cotizados 35 años y 3 meses.

_   Tener cumplidos 63 años y, además, tener cotizados 33 años. En este caso y si se tratase de personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, en periodo de cotización exigidos será tan solo de 25 años.

 ANTIGÜEDAD EN CORREOS

–   Haber prestado servicios en Correos durante, al menos, 6 años ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de la jubilación parcial.

  REDUCCIÓN Y ACUMULACIÓN DE JORNADA

–    La reducción de jornada será del 75%.

–    El jubilado/a parcial acumulará el tiempo de prestación efectiva de servicios de todo el periodo de la jubilación parcial al principio de la nueva situación.

–    El puesto de trabajo que desempeñará el jubilado/a parcial durante el periodo que le corresponde prestar servicios será el mismo que venía desempeñando antes de la solicitud de jubilación parcial.

CRITERIOS PRESUPUESTARIOS

–   El  número  y  cuantía  de  jubilaciones  parciales  que  se  vayan  a  conceder, estarán limitadas a los presupuestos anuales autorizados.

 CRITERIOS

EN LA CONCESIÓN

–    Las condiciones psicofísicas del/la solicitante para el desempeño del puesto de trabajo.

–    Las adecuaciones organizativas de los puestos de trabajo.

–    La edad del trabajador/a.

–    La antigüedad de la persona trabajadora en Correos.

 PROCEDIMIENTO

–  CCOO y UGT exigirán el establecimiento de un procedimiento de gestión ágil, garantista y transparente para la concesión de las jubilaciones parciales y los contratos de relevo.

 

CCOO Y UGT DEFIENDEN EL DERECHO DE UNA SALIDA DIGNA DEL CIRCUITO DEL EMPLEO Y LA PUESTA EN MARCHA DE LAS JUBILACIONES ANTICIPADAS EN CORREOS

 

 

Leer UGT comunicado conjunto

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