La Federación de empleados y Empleadas de los Servicios Públicos de UGT (FeSP-UGT) Región de Murcia denuncia que los nuevos criterios de gestión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en relación a las contingencias de las que derivan las prestaciones ocasionadas por el contagio del virus SARS-COVID2 (lo que conocemos como accidente laboral) suponen un nuevo ataque al personal de Sanidad y recuerda que en este sector no existen trabajadores y trabajadoras de segunda, por lo que exige que no haya discriminaciones.
Según los nuevos criterios, no se consideran accidente de trabajo los contagios al personal que trabajando en centros sanitarios o socio-sanitarios desempeñe otras funciones distintas a la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios, por lo que no se incluye el personal administrativo, el personal de limpieza, celadores, etc.
Asimismo, tampoco se consideran derivadas de accidente de trabajo los contagios entre el personal de servicios sanitarios o socio-sanitarios exclusivamente fuera de dichos centros sanitarios o socio-sanitarios, es decir, todo el personal que pueda trabajar en Ayuda a Domicilio.
No obstante, sí se consideran derivadas de accidente de trabajo las prestaciones causadas por el personal que presta servicios sanitarios o socio-sanitarios tanto en centros sanitarios o socio-sanitarios como fuera de dichos centros, en este caso, los servicios de urgencias a domicilio, por ejemplo.
Para el Secretario de Acción Sindical de FeSP-UGT, Juan Crevillén, esta interpretación restrictiva sobre la consideración como accidente de trabajo de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social del personal que trabajando en centros sanitarios o socio-sanitarios desempeñe otras funciones distintas a la prestación de servicios sanitarios y socio-sanitarios “crea trabajadores de segunda y de primera y aquí, en UGT, consideramos que todos y todas somos esenciales”.
Por ello, el FeSP-UGT ha enviado un escrito a la Subdirección General de Ordenación y Asistencia Jurídica, reivindicando la necesidad de que no se discrimine a ningún trabajador, pues, aunque no realizan su trabajo directamente con personas contagiadas, si lo realizan en lugares en los que está presente el virus SARS-CoV2 y pueden sufrir el contagio como consecuencia de la prestación de los servicios en esos centros.