La Dirección nos ha informado que una vez analizado el funcionamiento de las bolsas de empleo constituidas al amparo de la Convocatoria de 23 de octubre de 2017 y con el fin de evitar la rotación excesiva de los candidatos inscritos en las mismas y la corta duración de las contrataciones, establece que los candidatos no rotarán si el contrato temporal adjudicado, en la correspondiente previsión de contratación, es inferior a un mes de duración (28 días).
Esta nueva “fórmula de gestión” entrará en vigor el día 16 de enero del 2020, es decir, las necesidades de cobertura que surjan a partir de dicha fecha serán gestionadas bajo este nuevo criterio, permaneciendo inalterables el resto de normas de funcionamiento recogidas en el citado anexo sobre el INGRESO Y CICLO DE EMPLEO del III Convenio Colectivo.
El criterio que se va a aplicar para modularla: No se procederá a anotar una rotación si la duración del contrato adjudicado al integrante de bolsas es inferior a 28 días y para este cómputo no se sumarán contratos encadenados.
Con esta solución se da respuesta a una de las mayores demandas de UGT para garantizar al personal eventual de Correos contrataciones de más estabilidad, más transparencia y mejora de la calidad del empleo.