El registro de la totalidad de la jornada laboral (lectiva y no lectiva) de los docentes, la asistencia a formación organizada o reconocida por la empresa como tiempo efectivo de trabajo o la especificación de incidencias que puedan modificar la jornada laboral para computar las cuestiones no programadas e imprevistas son algunas de las cuestiones trabajadas y que se someterán al examen definitivo para ser ratificadas el próximo 6 de junio.
FeSP-UGT considera importante para los trabajadores de la Enseñanza Concertada que, desde la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, se pueda acordar dentro del margen que nos ofrece el articulado del vigente VI convenio un acuerdo global para la totalidad de los centros educativos con respecto al registro del control horario.