FeSP-UGT considera que el personal funcionario y personal laboral, en cualquiera de sus categorías, escalas, profesiones y especialidades, que presten atención directa a la ciudadanía en el ámbito de los Servicios Públicos de Salud, y se vean caracterizadas por las siguientes circunstancias:
- Desarrollo de una actividad que suponga una exposición, de manera habitual y periódica, a agentes tóxicos, peligrosos e insalubres.
- Desarrollo de una actividad sometida a turnicidad, nocturnidad, guardias, etc. Estas formas de organización del tiempo de trabajo se integran en los factores psicosociales a los que se reconoce gran repercusión sobre la salud de los trabajadores y trabajadoras, avalado este reconocimiento por organizaciones internacionales (IARC, NIOSH, OSHA) y diversos estudios de evidencia científica.
- Desarrollo de una actividad en la que los requerimientos psicofísicos, no pueden realizarse o resultan más gravosos a partir de una determinada edad.
Muchas de las actividades profesionales desarrolladas por los integrantes del colectivo mencionado anteriormente:
- Suponen, en muchos supuestos, una exposición constante a agentes tóxicos, peligrosos, insalubres y altamente contaminantes, como por ejemplo la exposición a citostáticos, gases anestésicos, formaldehido, xilol, colorantes, desinfectantes, radiaciones, agentes biológicos,….
- Requieren una elevada demanda física y psíquica para el desarrollo del puesto de trabajo. A medida que aumenta la edad de los trabajadores, simultáneamente va creciendo el tiempo que llevan desempeñando ese trabajo, generando un desequilibrio obvio entre las capacidades de los trabajadores y los requerimientos del puesto de trabajo.
Todo ello condicionado por unas condiciones de trabajo caracterizadas por altos índices de siniestralidad, peligrosidad, insalubridad, toxicidad, turnicidad y trabajo nocturno. LEER MÁS