El BOE de hoy publica la convocatoria del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades para solicitud de ayudas ayudas Beatriz Galindo correspondiente al año 2026.
Estas ayudas tienen por objeto cofinanciar un contrato laboral de profesor/a distinguido/a entre una universidad pública y la persona investigadora y/o docente seleccionada, con la finalidad de atraer talento investigador de investigadores y/o docentes que estén desarrollado su carrera profesional en centros de investigación y/o universidades extranjeras fuera de España. Las ayudas se concederán en dos modalidades:
- Sénior (máximo 40 ayudas): se requerirá una calificación de la primera evaluación de la solicitud de la Universidad igual o superior a los 80 puntos sobre 100. La persona propuesta por la universidad para la subscripción del contrato deberá acreditar una experiencia de siete años o más en docencia e investigación en centros de investigación y/o Universidades extranjeras, a contar desde la obtención del título de Doctor. La cuantía anual que aportará el MCIU para cada contrato será de 65.000 €.
- Júnior (máximo 60 ayudas): se requerirá una calificación de la primera evaluación de la solicitud de la Universidad igual o superior a 70 puntos sobre 100. La persona propuesta por la universidad para la subscripción del contrato objeto de la ayuda deberá acreditar una experiencia inferior a siete años en docencia e investigación en centros de investigación y/o Universidades extranjeras, a contar desde la obtención del título de Doctor. La cuantía anual que aportará el MCIU para cada contrato será de 35.000 €.
Las universidades públicas españolas podrán solicitar hasta cinco ayudas Beatriz Galindo, en el plazo de 30 días naturales a contar a partir de mañana, 14 de enero de 2026, a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
El contrato de profesor/a distinguido/a tendrá una duración de 4 años, para realizar tareas docentes, investigadoras, de transferencia e intercambio del conocimiento, de innovación o de dirección de grupos, centros de investigación y programas científicos y tecnológicos singulares.
La duración de la jornada laboral, los horarios, fiestas, permisos y vacaciones serán los fijados en el contrato y en la normativa aplicable y las personas contratadas no podrán celebrar contratos de trabajo con otras entidades durante el periodo del contrato de profesor/a distinguido/a, salvo autorización expresa de la Universidad, siempre y cuando se respete el régimen de incompatibilidades que proceda.


