El próximo 8 de marzo, celebraremos el Día Internacional de la Mujer. En este día tan señalado, que conmemoramos a nuestras compañeras, aprovechamos para exigir una igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
Aunque es innegable el avance que nuestra sociedad está realizando en este tema, sobre todo si echamos la vista a tras ante tiempos históricamente no muy lejanos, también es innegable que todavía estamos lejos de lograr la igualdad efectiva real entre mujeres y hombres.
Hay que recordar que no sería hasta mediados del siglo XIX cuando los movimientos reivindicativos de la mujer tomaron fuerza: luchando por el sufragio femenino, la reivindicación de la igualdad y la denuncia de la opresión social, familiar y laboral. En 1910, durante la II Conferencia Internacional de Mujeres Socialistas reunida en Copenhague, se reiteró la demanda de sufragio universal para todas las mujeres y se proclamó el Día Internacional de la Mujer Trabajadora, aunque no se estableció una fecha fija para su conmemoración.
Respecto a una de las áreas de nuestra secretaría, la Salud Laboral, decir que la introducción de la perspectiva de género en la prevención de riesgos laborales es un aspecto fundamental que debe tenerse en cuenta para una efectiva protección de la seguridad y salud de las mujeres trabajadoras.
Los hombres y mujeres tradicionalmente han tendido a ocupar distintos puestos de trabajos en el mercado laboral, es la llamada segregación ocupacional entre géneros que consiste en la concentración desproporcionada de mujeres en cierto tipo de ocupaciones, debido, principalmente, a estereotipos socio laborales históricos que consideraban que algunos tipos de trabajos eran más apropiados para las mujeres. Las mujeres, todavía, suelen tener mayor presencia laboral en sectores de asistencia, educación y servicios, mientras los hombres son predominantes en el sector industrial.
Incluso dentro de un mismo sector, las mujeres suelen tener distintos trabajos, por ejemplo, en el sector sanitario, en el género masculino predominan médicos, conserjes o celadores, mientras que entre las mujeres predominan enfermeras y auxiliares de clínica. Además, dentro de una misma empresa o entidad, los hombres tienen muchas más posibilidades de ocupar puestos directivos o de mayor responsabilidad que las mujeres, es lo que se conoce como segregación vertical.
Este contexto socio laboral, distinto entre mujeres y hombres, hace que las mujeres y los hombres estén expuestos a diferentes entornos de trabajo, a diferentes exigencias y tensiones y, por tanto, a diferentes riesgos laborales.
Respecto a la prevención de los riesgos laborales, históricamente no se había tenido en cuenta la perspectiva del género femenino más allá de las cuestiones relativas a la maternidad y la lactancia. Sin embargo, los distintos organismos internacionales, entre los que se encuentran las Naciones Unidas o la propia Unión Europea, han ido introduciendo paulatinamente dentro de sus objetivos la integración de la dimensión de género en las actividades de seguridad y salud en el trabajo.
En España, este objetivo se ha concretado recientemente con la aprobación de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 (EESST), en cuyo objetivo nº 5 se especifica el compromiso de introducir la perspectiva de género en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
La EESST es un instrumento de referencia para el desarrollo de políticas de prevención de riesgos laborales y un marco para el compromiso y la colaboración entre las administraciones públicas y los interlocutores sociales, sindicatos y patronales. La introducción de un objetivo específico en el que existe el compromiso de realizar políticas específicas en la que se tenga en cuenta la perspectiva de género es un claro ejemplo de la necesidad de eliminar las brechas de género y que el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo no debe ser ajeno a esta realidad, especialmente entre los riesgos que afectan a las mujeres, riesgos que tradicionalmente habían sido olvidados.
ACTUALIZACIÓN DE LA LEY DE PRL
El pasado 10 de febrero, gobierno y sindicatos, con la lamentable ausencia de la patronal, han firmado un acuerdo para actualizar la ley de prevención de riesgos laborales.
Esta propuesta está pendiente de ser aprobada por el parlamento. En esta propuesta de ley, entre otros aspectos relevantes, se contempla tener en cuenta la perspectiva de género en la ley de prevención de riesgos laborales.
REFLEXIÓN
Un mejor conocimiento de los riesgos desde la perspectiva de género nos permitirá conocer en qué medida afectan, de manera diferente, los riesgos a las mujeres y a los hombres, facilitándonos la adopción de medidas preventivas más eficaces, acordes con los riesgos a los que se enfrentan las personas trabajadoras, especialmente los riesgos propios que afectan de manera particular a las mujeres. Para ello, tanto la EESST como la propuesta de actualización de la LPRL, que han contado con la participación y liderazgo de nuestra organización se ha comprometido a establecer políticas que:
Actualicen el marco normativo, incorporando la perspectiva de género en las actuaciones preventivas, explicitando la obligación de su integración en el plan de prevención, identificación y evaluación de riesgos, planificación de la actividad preventiva, formación, vigilancia de la salud y en cuantas actuaciones preventivas y disposiciones se consideren necesarias.
Revisen el cuadro de enfermedades profesionales para que se tengan en consideración esta perspectiva de género.
Impulsen la incorporación de la perspectiva de género en los procesos de toma de datos y análisis de información, desarrollando indicadores específicos e investigando los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales desde esta perspectiva.
Promuevan la integración de la perspectiva de género a la hora de evaluar los riesgos y establecer medidas preventivas.
Impulsen la acción sobre los riesgos específicos de género: doble presencia o conflicto trabajo-familia, violencia, acoso o discriminación por razón de sexo, etc.
Sensibilicen sobre la necesidad de integrar la perspectiva de género de forma real y eficaz.
Esta es nuestra lucha y por la que seguiremos insistiendo en todas las instancias a nuestro alcance hasta lograr una igualdad real en todos los aspectos.

