
El armazón legislativo surgido a partir de la LPRL y de la Directiva Marco de la que deriva, respondía a una organización del trabajo heredera del contrato social surgido en Europa en la segunda mitad del siglo XX y se caracterizaba por la contratación indefinida, la estabilidad en la empresa y la centralidad de la negociación colectiva en las relaciones laborales.
Este modelo no sólo facilitaba a los trabajadores el ejercicio efectivo de sus derechos laborales, sino que mediante los derechos de participación y consulta permitía a sus representantes
intervenir en todas las cuestiones relacionadas con la prevención de riesgos en la empresa, desde la planificación y organización del trabajo o de las actividades preventivas hasta la
evaluación de riesgos o la información y formación de los trabajadores.